📰 ALFA NORDIC- Boletín de Noticias 🚚 NACIONAL🌎: Flexibilización temporal tiempos conducción y descanso
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- 14 oct
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Debido al temporal Dana que afecta algunas zonas de España, se ha detectado la necesidad de exceptuar temporalmente las limitaciones de los tiempos de conducción y descanso recogidas en el Reglamento CE nº561/2006.
A continuación, un pequeño resumen de las medidas adoptadas:
"Exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías o de viajeros afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en los siguientes artículos del Reglamento n.º 561/2006:
Artículo 6.1: sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
Artículo 6.2: sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
Artículo 6.3: sustituir el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 96 horas.
Artículo 8.1: reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 hora."
Las excepciones previstas en el apartado anterior se aplicarán a los conductores que hayan participado en las operaciones de transporte de mercancías o de viajeros que hayan transcurrido en el territorio de la Región de Murcia, la Comunitat Valenciana, en Cataluña o en Illes Balears y que hayan estado afectadas por la DANA ALICE desde el día 8 de octubre de 2025.
Estas exenciones son de aplicación desde las 00:00 horas del domingo 12 de octubre de 2025 hasta las 23:59 del martes 14 de octubre de 2025.
A continuación pueden encontrar el documento original:



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