📰 ALFA NORDIC- Boletín de Noticias 🚚 INTERNACIONAL🌎:Acuerdo sobre ATP

El BOE publica nuevas modificaciones del ATP: ¿qué deben hacer las empresas?
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las últimas modificaciones del ATP, el acuerdo que regula el transporte internacional de mercancías perecederas y los vehículos y equipos utilizados para mantener la cadena de frío.
Estas modificaciones están en vigor desde el 25 de agosto de 2026.
¿A quién afecta?
Principalmente, a empresas que realizan transporte internacional de mercancías perecederas, especialmente con vehículos:
Frigoríficos.
Refrigerantes.
Isotermos.
Con varios compartimentos o diferentes temperaturas.
Las modificaciones actualizan requisitos técnicos, ensayos y controles de estos vehículos y equipos. También se concretan las normas para las unidades multi compartimento y multi temperatura.
Importante: control y registro de la temperatura
Uno de los cambios más importantes afecta al transporte de mercancías ultracongeladas destinadas al consumo humano.
El vehículo deberá disponer de un aparato que permita:
Medir la temperatura.
Registrar la temperatura.
Guardar los datos obtenidos.
Estos registros deberán conservarse durante al menos un año.
Los equipos deberán ajustarse a la norma EN 12830:2018 y su verificación deberá realizarse conforme a la EN 13486:2023.
Los registradores antiguos que ya estén en servicio y cumplan la norma EN 12830:1999 podrán seguir utilizándose. Además, el BOE establece un plazo máximo de 12 meses desde el 25 de agosto de 2026 para aplicar determinadas nuevas exigencias sobre estos equipos.
¿Qué debe hacer ahora una empresa de transporte?
En principio, no significa que haya que cambiar inmediatamente todos los equipos.
Lo recomendable es:
Comprobar el certificado ATP de los vehículos y asegurarse de que está vigente.
Revisar el registrador de temperatura que lleva instalado cada vehículo frigorífico.
Comprobar con el taller, fabricante o empresa que realiza las revisiones ATP qué norma cumple el registrador.
Asegurarse de que los registros de temperatura se guardan durante al menos un año.
Si se utilizan vehículos con varios compartimentos o diferentes temperaturas, comprobar que la documentación y configuración del equipo se ajustan a las nuevas exigencias.
Cuando corresponda realizar una inspección, renovación o modificación del equipo ATP, confirmar previamente que el taller u organismo de inspección aplica ya la nueva normativa.
En resumen
Si su empresa trabaja con vehículos frigoríficos, no ignore este cambio.
No es necesario sustituir automáticamente todos los equipos, pero sí es importante revisar los registradores de temperatura, la documentación ATP y las próximas inspecciones para evitar problemas cuando se realice un control en carretera o se tenga que renovar el certificado.
Las nuevas normas buscan reforzar el control de la temperatura y garantizar que la cadena de frío se mantiene correctamente durante el transporte internacional de mercancías perecederas.




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