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📰 ALFA NORDIC- Boletín de Noticias 🚚 NACIONAL🌎:El DeCA, obligatorio desde el 5 de octubre de 2026

9 oct
3 min de lectura

Desde el 5 de octubre de 2026, el Documento de Control Administrativo de los transportes públicos de mercancías por carretera debe realizarse obligatoriamente en formato digital.

Esta obligación deriva de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, que estableció la digitalización obligatoria del documento de control administrativo y de la hoja de ruta de los transportes públicos de viajeros. Documento electrónico de control administrativo

¿En qué transportes es obligatorio el DeCA?

El artículo 222 del Real Decreto 1211/1990, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligación de llevar a bordo del vehículo la documentación de control administrativo correspondiente.

Con carácter general, el DeCA resulta exigible en:

  • Transportes interiores de mercancías realizados dentro de España.

  • Operaciones de cabotaje realizadas en territorio español.

En cambio, los transportes internacionales que discurren parcialmente por territorio español quedan sometidos a los documentos de control previstos para el transporte internacional.

Por tanto, un transporte con origen en España y destino en otro país, o con origen en el extranjero y destino en España, no necesita DeCA por el simple hecho de circular por territorio español.

Varias cargas o descargas en España no convierten el transporte en nacional

Uno de los aspectos que más dudas está generando es el caso de los transportes internacionales con varios puntos de carga o descarga dentro de España.

Por ejemplo:

Madrid → carga mercancía Barcelona → carga otra mercancía Francia → descarga

Si las mercancías cargadas en Madrid y Barcelona tienen como destino Francia, seguimos estando ante transportes internacionales.

Lo mismo sucede en sentido contrario cuando se carga mercancía en otro país y se realizan varias descargas dentro de España.

La clave no está en el número de cargas o descargas, sino en determinar el origen y destino de cada envío.

Distinto sería el caso de una mercancía cargada en Madrid y entregada en Barcelona. Esa operación sí constituye un transporte interior y, salvo que resulte aplicable alguna de las excepciones previstas legalmente, deberá disponer de su correspondiente DeCA.

¿Qué cambia con la nueva regulación?

La digitalización obligatoria no modifica qué transportes están sujetos al documento de control. Lo que cambia es la forma en que debe confeccionarse y conservarse.

La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril establece las características técnicas que deben reunir las aplicaciones utilizadas para gestionar los DeCA electrónicos.

Entre las principales novedades se encuentran:

  • Eliminación de la obligación de registrar previamente el dominio donde se almacenan los DeCA.

  • Regulación de la modificación de datos durante la realización del transporte.

  • Posibilidad de agrupar determinados servicios.

  • Regulación del acceso al documento por parte del conductor y de los servicios de inspección.

  • Definición de las características técnicas de los archivos electrónicos y de las direcciones web desde las que deben poder consultarse.

¿Qué debe llevar el conductor?

Aunque el documento sea digital, el conductor debe poder facilitar el acceso al DeCA durante un control en carretera conforme a los requisitos establecidos en la normativa.

Por ello, las empresas de transporte deben asegurarse de disponer de un sistema que permita crear, conservar, modificar cuando corresponda y mostrar el documento de forma inmediata ante una inspección.

Alfa Nordic ya permite gestionar el DeCA digital

Desde ALFA DIGI, nuestros clientes pueden gestionar los documentos electrónicos de transporte directamente desde el apartado de Documentos Electrónicos, generando y conservando el DeCA conforme a los requisitos establecidos por la normativa vigente.

La digitalización del documento de control supone un cambio importante en la gestión diaria de las empresas de transporte, por lo que recomendamos revisar los procedimientos internos y asegurarse de que conductores, gestores de tráfico y personal administrativo conocen el nuevo sistema.

 
 
 

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