A partir de mañana 21 de mayo de 2022, será necesario que los vehículos con masa en carga autorizada superior a 2,5 toneladas cuenten con autorización de transporte interior público de ámbito nacional para poder realizar transporte internacional en la Unión Europea.
Las empresas que ya dispongan de autorización de transporte MDP, podrán realizar la solicitud de copias para los vehículos ligeros que realicen transporte internacional (entre 2,5 y 3,5 t) en la sede electrónica de este Ministerio.
De manera transitoria y hasta el 31 de diciembre de 2022, las empresas que ya dispongan de una autorización MDL y deban realizar transporte internacional, podrán solicitar licencia comunitaria y sus copias correspondientes mediante la presentación junto a la solicitud de una declaración responsable sobre el cumplimiento de lo recogido en el Reglamento (CE) 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera.
Está disponible en la sede electrónica de la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el apartado de Transporte Internacional, la opción para solicitar la licencia comunitaria y sus copias para vehículos de más de 2,5 toneladas de MMA que precisen realizar transporte internacional.
Enlace:
Si a la fecha de entrada en vigor del Reglamento (UE) 1055/2020, el 21 de febrero de 2022, no dispone de autorización de transporte MDL, deberá dirigirse a su Comunidad Autónoma para acreditar el cumplimiento de los requisitos enumerados en el citado Reglamento anteriormente. Una vez obtenida autorización de transporte MDL, deberá solicitar licencia comunitaria y sus copias en este Ministerio a través de la sede electrónica.
Fuente: ASTIC.NET
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