El importante incremento de la intensidad de circulación, especialmente en algunos tramos de diversas autopistas, derivado de la desaparición de los peajes, ha motivado una serie de incidencias de circulación que han generado afectaciones considerables, especialmente en las operaciones de retorno de los fines de semana.
Estas afectaciones han hecho y hacen necesaria la instalación, entre otras medidas, de carriles adicionales en sentido contrario, de acuerdo con lo que prevén los artículos 18 del texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre y 37, 41 y 42 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
La instalación de estos carriles es incompatible con la posibilidad de que los vehículos pesados puedan circular por otros carriles que no sean el carril derecho de la calzada, por lo que se hace necesario establecer la obligación de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de adelantamiento y de circular a más de 80 km/h, aplicables a los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC, limitando la duración de estas medidas en el tiempo a determinados días y horarios.
Por los motivos expuestos, y dada la previsión de instalación de carriles en sentido contrario, se adoptan las medidas de limitación consistentes en la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos, aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA, que circulen en ambos sentidos en los tramos siguientes:
RESTRICCIONES:
En la autopista C-32 norte, entre el PK 84,5, bifurcación con la B-20, en el término municipal de Montgat y el PK 114, enlace núm. 113 de Canet de Mar, en el término municipal de Canet de Mar.
En las vías comprendidas entre la autopista C-32 sur, entre el PK 47,5, salida Gavà, en el término municipal de Gavà y el PK 60, salida 15 l’Hospitalet, en el término municipal de Cornellà de Llobregat.
En la autopista AP-7, entre el pk 111,1, salida 11 en Sant Celoni y Montseny, en el término municipal de Sant Celoni, y el pk 133,8, salida 13 en Granollers, Montornès del Vallès y Vilanova del Vallés, en el término municipal de Montornès del Vallès.
En la autopista AP-7 sur, entre el pk 158, incorporación de la B-30 a la AP-7, en el término municipal de Sant Cugat del Vallès y el pk 213, bifurcación AP-7 AP-2 en el término municipal de Banyeres del Penedès.
En la autopista B-23, entre el pk 8, salida 8 a Sant Feliu de Llobregat y Molins de Rei Sud, en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, y el pk 15,5 de la B-23, en el enlace con la AP-7, en el término municipal de Castellbisbal.
Estas limitaciones se aplicarán el domingo día 3 de julio de 2022 entre las 15:00 y las 22:00 horas.
Los vehículos afectados deberán circular, en todo caso, a una velocidad no superior a los 80 km/h.
Fuente: astic.net
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