📰 ALFA NORDIC – Boletín de Noticias 🚚 INTERNACIONAL 🌎: ESLOVAQUIA Restricciones de circulación

A partir del 1 de septiembre de 2026, se aplicarán nuevos periodos de prohibición de circulación a:
Vehículos de más de 7,5 toneladas
Combinaciones de vehículos de más de 3,5 toneladas
Las nuevas normas son las siguientes:
Los domingos y el último día de un día festivo, la prohibición de circulación será de 06:00h a 22:00h. Anteriormente, comenzaba a las 00:00h.
Cuando haya un único día festivo después de un día laborable, la prohibición de circulación será de 06:00h a 22:00h. Anteriormente, comenzaba a las 00:00h.
Se ha ampliado la lista de excepciones a la prohibición de circulación. Se aplicarán exenciones a:
autobuses y autocaravanas
vehículos de las fuerzas armadas, fuerzas armadas extranjeras, cuerpos de seguridad armados, cuerpos armados, la Policía Militar, el Cuerpo de Bomberos y Rescate, otros cuerpos de bomberos, el Servicio de Inteligencia Militar y el Servicio de Información Eslovaco
vehículos que transporten material médico, productos farmacéuticos y material biológico a centros sanitarios, o que garanticen el funcionamiento de dispositivos médicos en dichos centros
vehículos utilizados en el transporte combinado, incluyendo la carga y descarga de buques, vagones de ferrocarril o aeronaves
vehículos que suministren combustible a estaciones de servicio
vehículos que transporten mercancías peligrosas
vehículos utilizados para apoyar eventos deportivos y culturales
vehículos que transporten ayuda humanitaria
vehículos utilizados para atender accidentes, sus consecuencias o desastres naturales
vehículos utilizados para el mantenimiento, reparación y construcción de carreteras e infraestructura ferroviaria
vehículos utilizados para el transporte agrícola estacional necesario
vehículos que transporten alimentos, productos agrícolas, animales vivos o subproductos animales
vehículos utilizados para la recogida periódica de residuos domésticos municipales
vehículos que suministren a plantas de producción continua en Eslovaquia, cuando el lugar de carga o descarga se encuentre en Eslovaquia
vehículos de autoescuela o centro de formación, cuando se utilicen para la enseñanza de la conducción, cursos de cualificación básica o cursos de formación periódica, siempre que no se utilicen simultáneamente para el transporte comercial de mercancías o pasajeros
vehículos que regresen a su destino en Eslovaquia
transporte relacionado con el uso de vehículos amparados por las exenciones enumeradas.
Se introduce una exención adicional para los vehículos que circulen por carreteras de clase III para repostar, rellenar fluidos o recargar electricidad, cuando la estación de repostaje o recarga se encuentre fuera del municipio y en las inmediaciones de otra carretera en la que no se aplique la prohibición.
Responsabilidad objetiva
Se amplía la lista de obligaciones por las que el titular del vehículo puede ser sancionado con responsabilidad objetiva. Ahora incluirá:
No mantener una distancia mínima o segura con el vehículo que le precede.
Sostener o utilizar un teléfono, dispositivo de telecomunicaciones, audiovisual o similar mientras se conduce.
No usar el cinturón de seguridad si la persona está sentada en un asiento delantero equipado con dicho cinturón.
Para ciertas infracciones cubiertas por responsabilidad objetiva, el conductor ya no podrá eximirse de responsabilidad identificando a la persona que conducía el vehículo en el momento de la infracción.
Infracciones graves de las normas de circulación
También se amplía la lista de infracciones consideradas graves de las normas de circulación. Incluirá:
Incumplimiento de la prohibición de circulación para ciertos tipos de vehículos los sábados durante el verano, domingos y festivos.
Incumplimiento de las condiciones asociadas a un permiso de conducir restringido por motivos médicos, según lo estipulado en el código armonizado del permiso.
Incumplimiento de un código armonizado de uso restringido o de un código nacional que limite a los conductores menores de 23 años al transporte público regular en autobús, siempre que la ruta no supere los 50 km.
Uso de un vehículo con un sistema de iluminación que no cumpla con la normativa para circular por carretera.
Estos cambios entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2026.
FUENTE: CESMAD Eslovaquia




Comentarios